¿Victoria de los sumisos o contra la sumisión?
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Uruguay
Por Julio A. Louis
Todas son loas. Los titulares de “La República”
del sábado 9 afirman: “Ganó Tabaré, ganó el país, ganó la
salud, ganó el mundo”, la de “un pequeño país contra un
gigante multinacional”.
Cierto
y compartible. Pero enseguida la pregunta: ¿si alguien se arroja a
una ciénaga muy peligrosa –por gil, por sumiso- y salva su vida en
esa circunstancia, sin avisar que en ella no se debe entrar, hasta
qué punto es una victoria?
Nuestros
gobiernos tienen vocación por zambullirse en las ciénagas.
Refresquemos conceptos. En pos de la desregulación de los mercados
financieros, la OCDE (Organización para la Cooperación y el
Desarrollo Económico, acuerda el AMI (Acuerdo Multilateral de
Inversiones) en 1995. Su base fue que los inversores privados pueden
emprender acciones contra los Estados Nacionales, por fuera de ellos
y de sus constituciones. Provocó un escándalo en Francia y en
Europa por lo que momentáneamente se detuvo.
Sin
embargo, el concepto se transmite al ALCA, a los Tratados Bilaterales
de Inversiones, a los Tratados de Libre Comercio, a la Alianza del
Pacífico, al TISA, etc. Y los gobiernos de Uruguay y sus cancilleres
(excepción de Gargano) han demostrado vocación sumisa hacia ellos,
sin denunciar que los criterios neoliberales de integración buscan
las privatizaciones, ingresar capitales así sean especulativos y
enganchar en deudas externas de pagos interminables.
Los
Tratados Bilaterales de Inversiones que ha firmado Uruguay son 28. El
antepenúltimo y penúltimo (con México y Finlandia) han sido con la
oposición de la bancada del FA, por atentar contra la soberanía.
Hasta que, a sólo seis días de terminar su mandato, el Dr. Batlle
ensarta al país con el último y más exigente de todos, con Estados
Unidos (EUA), maquillado por Vázquez y votado por el FA.
Cientos
de firmantes fundamentamos contra él, entre otros –y solo
mencionamos a ilustres fallecidos- el Gral. Víctor Licandro, Eduardo
Galeano, José (Pepe) D´Elía, el Dr. Hugo Villar, el Profesor Hugo
Cores, el Dr. Helios Sarthou.
Entre
los argumentos esgrimidos destacamos los siguientes:
El
“Centro
Europa-Tercer Mundo y la Asociación Americana de Juristas”
expone en la Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos
Humanos de las Naciones Unidas en el 56º período de sesiones, el 26
de julio al 13 de agosto de 2004: “Los
tratados bilaterales de libre comercio y de protección de
inversiones (son) ´armas de destrucción masiva del derecho público
nacional e internacional y de los derechos humanos´”.
Mientras
EUA exige trato preferencial para sus inversiones en nuestros países,
aplica otro criterio: “El
Congreso de los EUA de Norte América a través del dictado de la
TradeActof2002, declara la supremacía de la ley interna de los EUA
en materia de inversiones extranjeras y garantiza que los inversores
de terceros países no sean beneficiados con mayores derechos que los
otorgados a los inversores americanos de los EUA.
El
país más industrializado de América Latina y receptor del mayor
flujo de inversiones extranjeros, “Brasil
firmó 32 Tratados de Promoción y Protección Recíproca de
Inversiones, pero ninguno entró en vigencia porque el Senado no los
aprobó por inconstitucionales. La negativa se basó en que se
producía una situación de discriminación en contra del inversor
nacional, dado que el extranjero tendría el privilegio de optar por
la jurisdicción arbitral internacional.”
[1]
Afirma
Fernández Galeano [2]
que el CIADI (Centro Internacional de Arreglo de Diferencias
relativas a Inversiones) hasta 2010 falló en 232 litigios y en 230
lo hizo a favor de las empresas. Pongamos un solo ejemplo: el Estado
mexicano de Potosí clausura un vertedero de desechos tóxicos.
Metalclad (EUA) gana el litigio contra el Estado, y es resarcida en
16.685.000 millones de dólares.
“El
Secretario del CIADI es funcionario del propio Banco Mundial¨.
Cada parte, demandante y demandado, pone un juez y el tercero lo
decide el Banco Mundial.
“Los árbitros no son jueces de ningún Poder Judicial, son
profesionales muy bien pagos, y sus laudos son obligatorios y no son
apelables. Un procedimiento privado y secreto del Banco Mundial, al
servicio de trasnacionales, para juzgar a los Estados, donde una de
las partes es también juez, no ofrece ninguna garantía, ni sería
válido jurídicamente reconocer sus laudos”. [3]
Bolivia
(2007) y Ecuador (2009) han denunciado los acuerdos que someten al
CIADI y salieron de su campo de influencia. Uruguay debería haber
hecho lo mismo. No celebramos una victoria por ser sumiso,
celebraríamos la victoria contra la sumisión, aceptando solo a los
Tribunales Nacionales, o auspiciando órganos de arbitraje de la
UNASUR o CELAC.
03-08-2016