martes, 2 de julio de 2013

¿Normas de Homologación o Reunión Normativa Laboral?

Bernardo Ancidey
 Caracas, 20 de junio de 2013
Las Normas sobre Homologación de sueldos y beneficios adicionales de los miembros del personal docente y de las universidades nacionales (en adelante Normas de Homologación o NH) fueron dictadas por el Consejo Nacional de Universidades el 25 de julio de 1982 y publicadas en Gaceta Oficial No.  32.539 del 17 de agosto de 1982.
Objeto
El Artículo 1 establece que las “Normas de Homologación”, NH, tienen por objeto
…precisar el alcance económico, social, legal y conceptual de tales términos; establecer con carácter nacional un marco de referencia para la determinación de las remuneraciones del personal docente y de investigación de las Universidades Nacionales y señalar un principio regular a la incidencia presupuestaria de los gastos del personal académico.
En otras palabras, las NH son un instrumento dictado unilateralmente por la Administración Pública del momento para frenar la variedad existente en los sistemas de remuneraciones al personal docente y de investigación de la Universidades Nacionales, los cuales generaban sistemas desiguales que contrariaban el principio de “a igual trabajo igual remuneración”.
Asimismo, buscaban eliminar algunas distorsiones en el desarrollo de la carrera académica, ya que hasta ese momento se generaban situaciones de privilegios para aquellos docentes que desempeñaban cargos directivos dentro de las universidades. Finalmente, las Normas tenían como fin el control del presupuesto universitario destinado al pago del personal docente y de investigación.
En resumen, las Normas fueron un acto del patrono, básicamente para imponerles límites a las remuneraciones y beneficios del personal docente y de investigación de las Universidades Nacionales, tal como se desprende de los Artículos 6 y 8. El  Artículo 6 fija un TOPE MÁXIMO a las remuneraciones, mientras que el Artículo 8 lo hace para los beneficios adicionales básicos y los complementarios.
Como acto administrativo pueden ser revocadas por el mismo órgano que las dictó en cualquier momento. Por ser un acto administrativo emitido por un órgano colegiado como el Consejo Nacional de Universidades (CNU), tiene un rango legal menor a una ley orgánica, como es el caso de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras (LOTTT). La cual en cuanto a jerarquía normativa está por encima de la Ley de Universidades por ser una ley orgánica, mientras que ésta última es una ley especial. Además la LOTT vigente es posterior, adaptada al actual marco constitucional y la única norma que regula la negociación colectiva en Venezuela.
Las Normas de Homologación (NO), fueron el resultado de una negociación entre los trabajadores universitarios que se desempeñaban como docentes e investigadores.
La falsa creencia en la indexación y en la negociación colectiva en las Normas de Homologación
La promovida creencia en la indexación del salario de los docentes e investigadores universitarios tiene su origen en una lectura errada del contenido del Artículo 13 de las NH, el cual establece:
Las tablas de sueldos serán revisadas por el Consejo Nacional de Universidades cada dos años y se tomará en cuenta como criterio para su modificación el índice promedio del costo de la vida durante los dos años anteriores, según los datos del Banco Central de Venezuela. Los beneficios adicionales serán revisados también cada dos años. A tales fines, se consultará la opinión de la Federación de Asociaciones de Profesores Universitarios de Venezuela (F.A.P.U.V)
Tal como fue declarado por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo el 14 de diciembre de 2006, una diferencia en cuanto a los montos entre lo que pida un gremio y lo que acuerda el órgano, no implica una posible vulneración del derecho constitucional de la parte accionante contenido en el artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, pues, tal derecho no comporta la obligación de los órganos de proveer satisfactoriamente las peticiones propuestas por los particulares. En otros términos, no existe una obligación para el órgano de ajustar los salarios de los docentes e investigadores de acuerdo al índice de precios.
El contenido del Artículo 13 de las NH era solamente uno de los tantos criterios que debe tomar en cuenta la Administración para ajustar las remuneraciones de los docentes e investigadores universitarios. En efecto la sentencia N° 2009-02189 del 15 de diciembre de 2009, la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo señalaba que tan solo
Se establece un margen de discrecionalidad para la Administración con el propósito de determinar cuál será el factor determinante para modificar las tablas de sueldos y demás beneficios laborales, siendo uno de estos factores el Índice de Precios al Consumidor (…).
Y más adelante reitera que:
todo sueldo, al representar una erogación por parte de la Administración (gasto público) debe estar sujeto a diferentes mecanismos de control, dentro de los que destaca la racionalidad y equilibrio en el gasto público, lo que traducido al caso de marras, significa que los ajustes que deban sufrir los salarios de los profesores debe estar sometido a diferentes factores, como la capacidad de pago, las necesidades básicas, el nivel de endeudamiento de la Nación, no únicamente al índice de precios al consumidor, como pretende la Federación solicitante. Así se declara.
En la sentencia en comento, se concluía por tanto que
“mal podría esta Corte obligar al Consejo Nacional de Universidades (CNU) a la revisión de las tablas de sueldos y demás beneficios adicionales que correspondan al Personal Docente y de Investigación de las Universidades Nacionales en base a las pretendidas reglas establecidas en el artículo 13 de las Normas antes señaladas, toda vez: (i) dicha normativa no contiene una obligación imperativa hacia dicho Consejo, sino una recomendación en el uso de criterios para modificar o revisar las Tablas sobre beneficios económicos de los docentes universitarios..” (Subrayado nuestro)[1]
En cuanto a la consulta a la Federación de Asociaciones de Profesores Universitarios de Venezuela, la Corte era igualmente muy explícita al puntualizar que:
En tal sentido, como ya fuera expuesto, la consulta a Federación de Asociaciones de Profesores de Venezuela (FAPUV) no es obligatoria, sino potestativa de la Administración, quien puede determinar la conveniencia o no de la participación de este gremio en el eventual ajuste de la Tabla de Sueldos, como lo puede hacer con cualquier otra organización, caso contrario, la norma se haría discriminatoria y contraria a los principios de una democracia participativa. Así se declara. (subrayado nuestro)
¿Quién es el patrono: El Consejo Nacional de Universidades o el Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria?
Como ya lo estableció la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia del 02 de noviembre del año 2010, con ponencia de la Magistrada Evelyn Marrero Ortíz, EXP. Nº 2010-0533, no existe diferencia sustantiva entre el carácter de patrono de los docentes e investigadores universitarios que puede tener el CNU o el MPPEU. Por ello la Sala no consideró que existiese desde el punto de vista de la relación laboral una diferencia entre el carácter de patrono entre el Ministerio de Educación Superior y el CNU a los efectos de realizar un ajuste salarial de acuerdo a las Normas de Homologación en el año 2006 (antes de la vigencia de la actual LOTT). En efecto, la sentencia comentada consideraba a ambos como “la Administración” señalando lo siguiente:
Sin embargo, de las actas que conforman el expediente advierte la Sala que la parte apelante, también manifiesta “que en el mes de Febrero de 2006 el Ministerio de Educación Superior anunció un ajuste salarial (…) el ajuste hecho por el Ministerio de Educación Superior (…) no se corresponde con la realidad”, de lo cual se evidencia que la Administración sí realizó la revisión de los sueldos y demás beneficios durante el período 2004-2005 y, en consecuencia, cumplió con la obligación que le impone el artículo 13 de las Normas  Sobre  Homologación  de Sueldos y Beneficios Adicionales de los Miembros del Personal Docente y de Investigación de las Universidades Nacionales.
En la actualidad con la entrada en vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) y de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras (LOTT), los trabajadores universitarios ya no son meros solicitantes de la aplicación de unas normas impuestas de manera unilateral, sino que pueden acudir a un mecanismo de negociación colectivo que les permite discutir directamente con el patrono o sus representantes, sea MPPEU o CNU, las nuevas condiciones laborales.
La inejecutabilidad de las Normas de Homologación
Como ya ha sido informado a la opinión pública nacional mediante comunicado del Ministro para el Poder Popular para la Educación Universitaria emitido el 09/06/2013 las NH han sido cuestionadas tanto por la Procuraduría General de la República como por sentencias reiteradas del Tribunal Supremo de Justicia. Tales normas son contrarias al ordenamiento legal actual ya que:
1.    La discusión de las condiciones de trabajo en un espacio distinto a la Reunión Normativa Laboral está expresamente prohibida en el artículo 459 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.
2.    El MPPEU, en cuanto parte del Ejecutivo Nacional, debe cumplir de manera obligatoria con el procedimiento especial previsto en la LOTT vigente por sus implicaciones en el presupuesto nacional. Cualquier acto dictado por el Ministro, luego de la entrada en vigencia de la actual LOTT, en ejecución de dichas normas estaría viciado de nulidad absoluta de acuerdo al Artículo 25 de la CRBV, del numeral 4 del Artículo 89 CRBV y del numeral 6 del Artículo 18 y el Art 22 de la LOTT, en vista que implican un menoscabo a los derechos garantizados por la CRBV y la ley en razón a que:
a.    Se opone a la progresividad de los beneficios contemplados en el artículo 434 de la LOTT porque implicaría concertar en condiciones menos favorables para los trabajadores y trabajadoras que las contenidas en los acuerdos surgidos de la Reunión Normativa Laboral para el sector universitario:
                                          i.    Contradice el carácter progresivo de la norma laboral, al establecer la imposibilidad de otros beneficios acordados para los trabajadores y trabajadoras del país por no estar contemplados en dichas Normas.
                                        ii.    Igualmente refleja un carácter regresivo porque establece límites a los beneficios adicionales y complementarios y
                                       iii.    Establece un monto máximo para las remuneraciones.
b.    De aplicarse la errónea interpretación sobre que las NH establecen el ajuste de las remuneraciones de acuerdo al índice de precios al consumidor determinado por el BCV, surgen dos problemas graves:
                                          i.    Se desmejoraría la condición de los docentes e investigadores de las Universidades Nacionales frente a otros docentes de otras instituciones universitarias públicas beneficiarios del acuerdo surgido de la Reunión Normativa Laboral, porque si se toma el promedio del IPC del Área Metropolitana de Caracas entre 2011 (27,6%) y 2012 (20,1%) es de 23,85%, monto inferior al incremento ya acordado para 2013. Pero además, este incremento en la remuneración y los beneficios se mantendría fijo por dos (2) años, mientras que en el acuerdo ya se contempla un incremento para el año próximo.
                                        ii.    No se podrían cancelar tampoco las primas acordadas en la Reunión Normativa Laboral porque exceden para el caso de los instructores, el porcentaje máximo de beneficios adicionales contemplados en el Artículo 8 de las NH.
c.    Las NH como acto unilateral del patrono para establecer un sistema de remuneración salarial, violenta los principios garantizados en el Artículos 89 de la CRBV, en especial en sus numerales 2, 3 y 4, el Artículo 91 de la CRBV y el derecho a la negociación colectiva garantizado en el Artículo 96 de la CRBV, así como todas las disposiciones relativas al mismo tema contempladas en el Título VII Del Derecho a la Participación Protagónica de los Trabajadores, Trabajadoras y sus Organizaciones Sociales en la LOTT.
d.    Establece la consulta a un solo organismo gremial, desconociendo los intereses legítimos de otras organizaciones de los trabajadores universitarias mayoritarias, lo cual contraría el espíritu y la letra del preámbulo constitucional en lo relativo al carácter protagónico, plural y democrático del Estado y de la sociedad venezolana. Las Normas de Homologación son inconstitucionales al negar el carácter protagónico y el interés legítimo de los otros gremios y reconocer a un solo gremio (FAPUV).
e.    Por otra parte la consulta a la FAPUV, no se asimila a una negociación colectiva tal como la contempla la CRBV y la LOTT, ni tampoco implica la satisfacción de los pedimentos de dicho gremio, como ya fue señalado anteriormente.
3.    La ejecución de las normas por parte del Ministro, lo haría sujeto de responsabilidad legal de acuerdo a lo contemplado en la Ley que rige la materia contra la corrupción, al incumplir con los lineamientos técnicos, financieros y la normativa legal aplicable, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, penales y civiles a que hubiere lugar, tal como lo señala el Artículo 446 de la LOTT y lo dispuesto en el Artículo 537:
El patrono o patrona que viole las garantías legales del derecho a la negociación colectiva será sancionado o sancionada con multa no menor del equivalente a ciento veinte unidades tributarias, ni mayor del equivalente a trescientas sesenta unidades tributarias
Así como del Artículo 543 el cual establece:
Los funcionarios públicos o funcionarias públicas que ejerzan cargos de dirección, y los trabajadores o trabajadoras de dirección que tengan como responsabilidad el cumplimiento de las normas que esta Ley establece y que, por acciones u omisiones y actuando al margen de la voluntad del Estado, violen las disposiciones destinadas a proteger el proceso social de trabajo y los derechos de los trabajadores y trabajadoras, les será abierto el procedimiento administrativo que corresponda para su remoción o destitución.
Es importante señalar que estas obligaciones para el MPPEU no existían bajo el marco de la Ley Orgánica del Trabajo de 1997, la cual si bien contemplaba la Convención Colectiva y los procedimientos para la realización de la Reunión Normativa Laboral y la Extensión Obligatoria de las Convenciones Colectivas, no incluía procedimientos específicos para las Convenciones Colectivas de Trabajo en el Sector Público, tales como: los lineamientos técnicos y financieros para la negociación dictados por el Presidente de la República en Consejo de Ministros; ni tampoco el estudio económico comparativo por parte del ministerio del Poder Popular con competencia en materia de planificación y finanzas; ni la participación de este ministerio y de la Procuraduría General de la República, ni tampoco las responsabilidades ya señaladas en el Artículo 446, para los representantes de los órganos y entes del Poder Público involucrados.

De modo, que exigirle al MPPEU que aplique las Normas de Homologación es exigirle que viole la normativa legal vigente en la materia.

Razonamientos al cierre
En conclusión, las Normas de Homologación son inaplicables debido a su colisión con las nuevas disposiciones establecidas en la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras, siendo imposible para la Administración intentar ejecutarlas porque sus acciones estarían viciadas de nulidad absoluta y los funcionarios públicos involucrados, serían sujetos a procesos administrativos, civiles y penales por las responsabilidades asumidas.
La inejecutabilidad de las Normas de Homologación pudo haberse determinado incluso antes, al aprobarse en referendo el nuevo marco constitucional en 1999, ya que en ese momento era evidente su carácter inconstitucional al violentar garantías como la negociación colectiva y el sistema de democracia participativa frente al de democracia representativa. Sin embargo, paradójicamente, los afectados, los docentes e investigadores de las universidades nacionales, que en un primer momento la rechazaron, luego pasaron a convertirla en una de sus principales banderas solamente por la ilusión de creer que ellas establecían una indexación salarial automática cada dos años, por la vía fácil de que el Gobierno de turno hiciese el ajuste respectivo y no como resultado de las negociaciones colectivas entre sindicatos y su patrono, como le toca hacer a todo asalariado en el mundo de hoy que busque defender su capacidad adquisitiva.
Elaborado por
Bernardo Ancidey                                                                                        
Caracas, 20 de junio de 2013

viernes, 14 de junio de 2013

Colombia:Benedicta en contravía del tricéfalo de acumulación capitalista, terror de Estado y OTAN

Por Azalea Robles
La sucesión continua de crímenes de Lesa Humanidad nos convoca al esfuerzo de analizar la realidad colombiana, tergiversada a saciedad. Esta realidad es la expresión por excelencia de la articulación entre la acumulación capitalista y las prácticas del terrorismo de Estado; prácticas del terror destinadas a todo el orbe, máxime en la actual situación del capitalismo mundial.  

En Colombia son cometidos semanalmente crímenes de Estado, sin que esto desencadene la repulsa internacional. Esta complicidad tiene lógica en tanto que un Estado que apuntala las estructuras capitalistas y las ganancias de empresas transnacionales es arropado de impunidad por parte de organismos internacionales que hoy están avalando nuevas guerras coloniales, precisamente para facilitarle al Gran Capital un mayor saqueo de los recursos. Colombia es una pieza de primer orden para el capital transnacional, y es piedra angular en la geopolítica regional; el genocidio es desarrollado bajo directriz estadounidense. 

La ofensiva mediática contra la comprensión de la realidad sirve a perpetuar la impunidad de unas estructuras estatales (y paraestatales) aplicadas en viabilizar el saqueo, mediante la tortura y el exterminio contra los opositores y las poblaciones que habitan los territorios codiciados. Sin embargo la resistencia popular colombiana constituye una barrera de contención ante el avance depredador del imperialismo. La estrategia estatal del terror pretende desbrozar el camino  a una mayor “reconquista” de la región. Analizaremos el crimen contra Benedicta Joya en el marco en el que se produce: una estrategia estatal diseñada para disuadir la reivindicación social mediante el miedo.
  • Crímenes del Terrorismo de Estado al servicio de la acumulación de capitalista 

El crimen contra Benedicta Joya constituye un nuevo crimen de Estado: por su sevicia y puesta en escena no es un crimen aislado de un desquiciado, sino un crimen planificado de Lesa Humanidad, pues la tortura y atrocidad son un mensaje de terror hacia la comunidad. La COMOSOC y la Mesa Ecuménica denuncian: “En la noche del 14 de mayo, paramilitares de Los Rastrojos llegaron hasta la humilde vivienda del padre Joya,(…) asesinaron a su hermana, Benedicta Joya Aponte, mujer campesina, de 75 años. La señora Benedicta fue desnudada, ultimada con arma corto punzante, posiblemente violentada sexualmente y roseada con alcohol para luego proceder a prender fuego sobre su cuerpo. Con su sangre escribieron en la pared el letrero "fuera guerrillero"(…) Exigimos que se desmantelen totalmente los grupos paramilitares con todos sus vínculos privados y estatales” [1]. El Padre Joya, amenazado por su reivindicación contra la depredación multinacional, relató: El incendio consumió parcialmente la habitación en madera al punto que el cadáver de mi hermana cayó al primer piso”[2]. El terror de Estado busca amordazar a la comunidad y provocar masivos desplazamientos forzados de poblaciones de los territorios codiciados por las multinacionales. Las organizaciones de la región expresan: “El territorio es de quien lo habita, rechazamos el mensaje de desalojo colectivo que se convoca a través del crimen cometido contra Benedicta Joya”[3]. Y relatan que el sacerdote ha sido: “siempre defensor del territorio y de los campesinos que han sido afectados por los  intereses explotadores de empresas mineras que han intentado una y otra vez apoderarse de la región del páramo El Almorzadero, en donde se han realizado fuertes e importantes movilizaciones en contra de las explotaciones de carbón y otros minerales(…) Se ha empeñado en la construcción de una escuela para campesinos que enfatiza en la necesidad de la producción de alimentos. (…) Este crimen atroz, por el grado de sevicia practicado(…) es un crimen que busca ser ‘ejemplarizante’ [Ibíd. ].

El paramilitarismo, que actúa con la coordinación del Estado, constituye la Herramienta de terror del Gran Capital transnacional y del latifundio: sirve para eliminar la oposición al saqueo. En Colombia el capitalismo avanza gracias al Terrorismo de Estado: esa es una articulación clave que hay que desenmascarar de una vez por todas, si realmente se pretende salir de una situación de despojo y genocidio devastadora.

  • Terror de Estado bajo el gobierno de Santos: Continuidad de un genocidio silenciado
Este crimen no es el primero, ni el último, tristemente. En la misma semana fue asesinado en Nariño un campesino a manos del ejército colombiano, y otros 14 fueron encarcelados mediante montajes judiciales[4]. La semana anterior en el Tolima hubo otro arresto masivo de campesinos bajo los montajes judiciales de un Estado que utiliza el aparato judicial como arma de guerra contra la oposición política[5]. Hay en Colombia más de 9.500 presas y presos políticos[6]. El exterminio de reclamantes de tierras a manos de la estrategia paramilitar continúa; en menos de dos meses fueron asesinados cuatro líderes campesinos: Ever Antonio Cordero, Hermes Enrique Vidal Osorio, Darío Restrepo, y Heriberto Rivera Catalán, desaparecido y encontrado el 29 de mayo, “muerto con señales de tortura y decapitado” [7] . Van más de 70 reclamantes de tierras asesinados: “Empresarios, políticos, terratenientes, ganaderos, palmicultores y transnacionales, entre otros, despojaron por intermedio de la estrategia paramilitar más de siete millones de hectáreas de tierras a campesinos. Estos poderosos bandidos a quienes la justicia no ha tocado, siguen utilizando el terror militar-paramilitar para desplazar campesinos y apoderarse de las tierras o para asesinar a los legítimos dueños que las reclaman” [8].  El Terror de Estado se expresa a través del asesinato de los opositores, a través de la desaparición forzada, la tortura, la violación sexual, el encarcelamiento. Los asesinatos de sindicalistas a manos de la herramienta paramilitar de las multinacionales, siguen haciendo de Colombia el país en el que son asesinados el 60% de todos los sindicalistas asesinados en el mundo [9].

El informe del CINEP arroja que:“Sobre violaciones a los derechos humanos persiste una línea fija (…) El año que pasó se cometieron 2198 violaciones a los derechos humanos, seis casos por día. En 2012 fueron asesinados por la violencia política diez colombianos por semana. Tal vez no hay parangón en el mundo (...) De estas violaciones 565 atañen a paramilitares, 268 a la policía y 187 al ejército. (…) El Padre Giraldo llamó la atención sobre el caso de los “falsos positivos” denunciando que al contrario de lo que dice el gobierno de Santos, estos no han desaparecido (…)118 “falsos positivos” cada año, una víctima cada tercer día. La presentación de este cuadro apunta inevitablemente a Juan Manuel Santos” [10].

  • Crímenes de Estado “ejemplarizantes”: la lógica de "disuadir la reivindicación mediante el terror"
Los niveles de sevicia que presenta el crimen contra Benedicta Joya, se inscriben en la lógica de que a mayor tortura y degradación de las víctimas, mayor alcance del “mensaje disuasivo” en las comunidades. La estrategia de la disuasión mediante el terror está teorizada en los manuales del ejército: se concibe a la población como “el enemigo interno”, y se preconiza claramente el empleo de una herramienta paramilitar para realizar las masacres y torturas. El paramilitarismo fue preconizado para Colombia desde la misión estadounidense Yarborough [11], y reiteradamente apuntalado hasta nuestros días. La herramienta paramilitar es adiestrada para torturar, y entrenada por (de)formadores de EEUU e Israel, como el mercenario Yair Klein [12]. El crimen de Lesa Humanidad contra Benedicta no es un crimen aislado, ni fortuito. Es un crimen planificado, cuyos efectos han sido fríamente evaluados. Un crimen de Estado como el crimen contra la niña Alida Teresa Arzuaga, de 9 años, violada y asesinada para torturar a su padre, preso político, a la par que inyectar miedo en la oposición política[13]. Es un crimen de Estado como la masacre de la familia del militante comunista y de la UP Julián Vélez, cuyo hijo fue torturado y castrado [14].


La masacre de Mapiripán, cometida por militares y paramilitares, evidencia la planificación del terror. Los paramilitares fueron trasladados en aviones y camiones del ejército al sitio de la masacre [15]. Estuvieron amputando y violando durante 10 días, mientras el ejército impedía que entrara o saliera nadie: debido al cerco del ejército nadie pudo darle auxilio a la población. 

Unas 60 personas fueron asesinadas: sometidas a toda clase de torturas. Hasta hoy hay dificultad para identificar a las víctimas dada la barbarie con que la herramienta paramilitar procedió a descuartizarlas y lanzarlas al río. Según lo confesó el General Uzcátegui en una grabación: “¿sabe qué hizo la Brigada militar Móvil 2? Colocó un colchón de seguridad para que salieran los paramilitares. Esto es gravísimo y es un secreto. El ejército no sólo tiene vínculos con los paramilitares, no sólo no los combatió, sino que combatió a las FARC para que las FARC no golpearan a los paramilitares” [Ibíd.]. Mientras los paramilitares torturaban, el ejército les garantizaba la labor combatiendo a las FARC que intentaron romper el cerco militar para auxiliar a la población; pero el cerco era una operación con planchones sobre el río, retenes, y aviación. El ejército garantizó que la masacre durara y comprendiera las torturas más aberrantes: no era “una bala perdida”, era una operación de Terrorismo de Estado dentro de la estrategia de tierra arrasada en los Llanos Orientales, en la que estuvo envuelta la asesoría estadounidense. El Obispo del Guaviare testimonió: “Pasaron varios camiones con alrededor de 120 hombres de civil sin armas, después de pasar por el batallón salieron con uniformes y armados, continuaron su rumbo por tierra(…) otro grupo de paramilitares también se desplazó hasta “Charras” pero lo hizo por el río Guaviare, pasando por el punto de control militar sobre el río” [Ibíd.] .

El testimonio de Marinelly Hernández, presa política, es ilustrativo de las aberrantes torturas que el Estado colombiano comete contra los familiares de los opositores políticos, máxime si estos son insurgentes, una realidad silenciada: “A nuestro padre el Ejército colombiano, en unión con los paramilitares lo colgó vivo de sus manos introduciendo ganchos en sus extremidades como si fuera carne de carnicería, luego le chuzaron el estómago y todo su cuerpo con una navaja, después arrollaron sus labios como se les taja a los pescados, por último, le dieron un tiro de gracia; según medicina legal a nuestro padre lo torturaron vivo. Tenía 70 años, ¿Cómo es posible que hagan eso con un anciano, tildándolo de guerrillero? Acaso por yo ser revolucionaria ¿Tenían que cobrarlo con la vida de mi padre?” [16]. Aquí la tortura aberrante claramente tiene por objetivo enviar un mensaje de terror a los que piensen ingresar en la insurgencia. Estas prácticas genocidas son recurrentes en Colombia, bajo la complicidad absoluta de quiénes las silencian. 

Marinelly expresa la correlación entre el saqueo de los recursos y las masacres perpetradas por el ejército y la herramienta paramilitar contra la población de las zonas codiciadas por el gran capital. Aquí se refiere a la masacre del Río Nare: “El Capitán Martínez con sus tropas ingresaron a unas minas de oro donde se encontraban los campesinos sacando el mineral: un día antes, lanzaron panfletos diciéndoles que desalojaran, y al otro día entraron con motosierras y hachas: amarraron a los trabajadores en cadena… los iban soltando de uno en uno, sin asesinarlos, les quitaban los brazos, las piernas y luego de cada persona recogían un solo brazo, una sola pierna, hacían un montón y lo tiraban al río y otros a los huecos de las minas y otros los dejaban para que las aves se los comieran” [ Ibíd. ]. Marinelly, de una familia campesina, vivió en carne propia las agresiones del ejército colombiano contra el campesinado; fue testigo de múltiples asesinatos de amigos y familiares, cuyos cuerpos fueron abandonados torturados y desmembrados: “parte de la guerra sucia y psicológica que implementan para asustar a los luchadores populares”. La prisionera explica que las violaciones del Estado colombiano la empujaron a la insurgencia, como su: “única forma de preservar la vida, luchar por ella y reclamar nuestros derechos”, y evitar “terminar masacrada, torturada o discapacitada por ser ejemplarizada como quedan muchos campesinos, o terminar siendo desplazada y viviendo de las limosnas en las ciudades”[Ibíd. ].

Sin duda la dupla del saqueo de los recursos y el Terror de Estado ejercido contra quiénes se oponen al despojo y al saqueo, explica la existencia de las insurgencias colombianas. Esta es una comprensión indispensable para quiénes deseamos la paz en Colombia. La paz significa justicia social, cese de la entrega del país en concesiones a multinacionales, reforma agraria, soberanía alimentaria, y cese del Terror de Estado que hoy facilita la aberrante acumulación capitalista en desmedro de las mayorías empobrecidas. Los problemas deben ser resueltos desde sus causas, no desde sus consecuencias.
Otro crimen de Estado “ejemplarizante” es aquel cometido por militares y paramilitares contra  la comunidad del Cacarica, cuando "jugaron fútbol con la cabeza" del líder campesino afrodescendiente Marino López. Esa Operación militar se llamó ‘Génesis’ y consistió en aterrorizar a la población para forzarla a un masivo desplazamiento poblacional: “Nuevamente los bombardeos(…) Los paramiltares y también militares rodearon todo el caserío. Nos juntaron a todos, nos amenazaron. (…) Y nosotros diciéndoles, ‘ya nos vamos’. Marino López les decía: ‘si fueron tres días los que nos dieron’, y dijo uno ‘ustedes se van hoy’. Dos de los doce militares tomaron a Marino(…) él les pidió sus documentos. Uno de ellos dice: ‘ahora sí quiere el documento de identidad, guerrillero’. Y él les dice: ‘ustedes saben que yo no soy’. Lo insultan, lo golpean. Uno de los criminales coge un machete y lo corta en el cuerpo, Marino intenta huir, se arroja al río, pero los paramilitares lo amenazan, ‘si huye, le va peor’. Marino regresa, extiende su brazo izquierdo para salir del agua. Uno de los paramilitares le mocha la cabeza con la macheta. Luego le cortan los brazos en dos, las dos piernas... Y empiezan a jugar fútbol con su cabeza. Todas y todos lo vimos(…) Todo fue terror. El bombardeo del cuerpo, el bombardeo del alma”[17]. Los habitantes denunciaron el accionar de la Brigada XVII. Varios paramilitares del bloque Élmer Cárdenas, al mando de Freddy Rendón, alias "El Alemán", señalan al General Rito Alejo del Río como uno de los máximos responsables: "Se trató de una operación conjunta" relataron ante el Fiscal de Justicia y Paz [18].

La lista de crímenes de Lesa Humanidad perpetrados de manera sistemática por el Estado colombiano contra la población, en el marco de una planificada estrategia del terror y desposesión, sería interminable. El Estado colombiano y su mentor estadounidense pretenden continuar viabilizando el saqueo de los recursos y acabar con un conflicto político aterrorizando a la población cuya reivindicación entra en conflicto con la depredación capitalista. Se pretende eliminar toda oposición, sea esta armada o no, dejando absolutamente intocadas las causas del descontento social.
  • ¿Crímenes resultado de una planificación Estatal,  o meras “venganzas”?
El crimen contra Benedicta Joya envía un mensaje del terror contra la comunidad, que parece decir: ‘Esto les puede pasar, a ustedes o a sus familiares, si persisten en su reivindicación’. Aquí hay un claro intento de paralizar la acción reivindicativa de una comunidad: es inaceptable por lo tanto que se intente endilgar este crimen a una supuesta “venganza” o “crimen pasional”, como reiteradamente lo hacen los mass-media, el aparato militar, e incluso el aparato judicial con los crímenes del Terrorismo de Estado. El mensaje ya fue enviado por los verdugos a través de sus ejecutantes paramilitares, ahora no puede ser aceptable que los maquilladores mediáticos vengan a garantizar la impunidad total a quienes son los verdaderos comanditarios de estos crímenes: los que se sirven del terror para sojuzgar a un pueblo y para garantizar la acumulación de capital en pocas manos, en desmedro del medio ambiente y de las mayorías. El intentar, mediante el aparato mediático, transformar los reiterados asesinatos políticos en “crímenes pasionales” busca diluir responsabilidades, busca ocultar la planificación terrorífica que de manera sistemática es ejercida desde el propio Estado contra la oposición política. En el caso del planificado exterminio sindical, la mentira mediática con frecuencia intentar atribuir las muertes a “líos de faldas”, y pareciera ser que estos “líos” diezman a la oposición política. Esa impostura no cala en los sectores más conscientes del campo popular, sin embargo en parte de la opinión pública sí hace mella.

  • Ofensiva mediática contra la comprensión de la realidad: Estrategia de la Confusión
Otra de las imposturas mediáticas, repetida hasta la saciedad, es la Estrategia de la Confusión: por ejemplo el redactar notas sobre crímenes en los que se conoce perfectamente que la autoría es paramilitar, pero poner “asesinado por grupos armados”: esto con la clara intención de exculpar a la herramienta paramilitar que le sirve al poder económico, y de buscar endilgarle a la resistencia popular parte de los crímenes perpetrados por la estrategia paramilitar. El léxico “grupos armados” es un léxico de la confusión, dado que grupos armados son tanto los paramilitares, como el ejército, como las insurgencias; por lo tanto no hay nada más aberrante que conocer que los victimarios son parte de una Estrategia represiva Estatal y paraestatal, articulada al poder multinacional, y optar por tejer el discurso de la confusión. Esta mediatización es indignante, y constituye una doble victimización de las comunidades que denuncian a los responsables, y que sin embargo ven ignoradas sus voces en las notas mediáticas, de manera a que la herramienta paramilitar-militar del terror no solamente haya cometido las atrocidades, sino que los medios no señalen su responsabilidad, amparándola así de la impunidad que la perpetúa.

Parte de la Estrategia de la Confusión es el empleo de la falsa dicotomía “grupos armados legales” versus “grupos armados ilegales”: siendo legales las fuerzas represivas del Estado, mientras que en la ilegalidad se hallan tanto las fuerzas represivas paramilitares –que sin embargo se articulan al mismo Estado, recibiendo logística, armamento e impunidad–, y las guerrillas –éstas últimas de naturaleza opuesta al paramilitarismo–. Esta perfidia mediática busca instaurar un campo conceptual que ignora la realidad del paramilitarismo como estrategia preconizada en manuales militares. También busca instalar un campo conceptual que excluye el carácter político y social del conflicto colombiano, al intentar presentar a las insurgencias en un mismo paquete con el paramilitarismo; intentando quitarle a la guerrilla su carácter político, inherente a su misma génesis y composición actual, de ser una expresión del campo popular colombiano que se alza en protesta política contra el saqueo, protesta política que deviene armada debido a la imposibilidad democrática instaurada desde el Estado mediante la sistemática represión al opositor político.

Hay una planificada manipulación semántica, una estrategia diseñada por los tanques de pensamiento. Esta manipulación de la realidad es inoculada por los mass-media; y también es inyectada en el discurso de las ONG a través del condicionamiento que imponen los financistas, logrando paulatinamente que en el campo popular se introduzca esta manipulación semántica que obstaculiza la capacidad de comprensión de la realidad.

  • Operación mediática: Legitimar al paramilitarismo, presentarlo desvinculado de sus beneficiarios- comanditarios
Aunado al trabajo cultural de los mass-media que apuntala valores clasistas, racistas y sexistas, hay una legitimación del terror de Estado: los crímenes cometidos por el ejército y el paramilitarismo serían el “mal necesario”.  El trabajo de los medios en torno al paramilitarismo consiste en bombardear la falsedad de que éste sería autónomo del ejército. Intentan legitimar al paramilitarismo presentándolo de manera casi romántica, como unos grupos que, según la falsimedia, surgirían por motivaciones de ‘venganza’ contra los ‘malvados comunistas y guerrilleros que habrían hecho daño a sus familiares’. El elaborado terror paramilitar deviene, en la fábula mediática, un ‘exceso comprensible’ motivado por el ‘desgarramiento del alma de tal o cual Jefe paramilitar’, y nunca se menciona que hace parte de una planificación de gobernar mediante el miedo. No se menciona que el paramilitarismo es diseñado para provocar desplazamiento poblacional y desarticular procesos reivindicativos. Así la telenovela “Los 3 Caínes” busca presentar a los Jefes paramilitares como unos ‘muchachos de buenos sentimientos que por loable fidelidad familiar y venganza cometen acciones algo reprobables’. Los hornos crematorios para desaparecer seres humanos, la violación sexual, la tortura y las masacres, serían meros “detalles”.

El paramilitarismo es una herramienta al servicio del Gran capital que actúa con la plena coordinación del ejército colombiano; pero los medios trabajan en su aceptación cultural y en la desvinculación de esta herramienta con los que la crean y emplean. Lamentablemente este trabajo sistemático de los medios logra colonizar a parte importante de la población, dejando incluso huellas residuales que sorprende encontrar en las mentes de las mismas víctimas. El bombardeo mediático es una ofensiva sin tregua contra la capacidad de comprensión de la realidad, y por lo tanto, contra la posibilidad de acción efectiva sobre la misma.
  • Guerra sicológica: Degradación mediática del opositor
Hay una mediatización constante de cadáveres de jóvenes campesinos insurgentes que se hace de manera a que los cuerpos sean degradados, filmados en el suelo, a los pies de la tropa militar, en bolsas negras, y en reiteradas ocasiones con la exhibición descarnada de mutilaciones, para intentar deshumanizar al opositor político en el subconsciente colectivo: la degradación ética de los medios en su guerra sicológica llega al punto de que el presidente Santos exhibiera la mano cortada de un líder estudiantil devenido insurgente (Iván Ríos) [19]; como si el exhibir pedazos amputados de los opositores constituyera motivo de júbilo.  El pago de recompensas por cadáveres busca involucrar a la población en la estrategia contrainsurgente del Estado, ampliando las prácticas del terror y la degradación ética. Los cadáveres son exhibidos con la intencionalidad macabra de generar la disuación por el terror preconizada en los manuales militares. En el marco de esta perversidad, el ejército colombiano ha llegado hasta el punto de secuestrar a niños y jóvenes de las zonas pauperizadas para luego asesinarlos en indefensión y aducir que son “guerrilleros abatidos en combate”: estas son practicas masivas, y se conocen con el macabro nombre de “falsos positivos”, derivado la jerga militar [20]. Hay al menos 4.716 casos documentados de estos asesinatos [21], y el reciente informe de DDHH del CINEP revela que estos crímenes siguen aumentando bajo el mandato de Santos, contrariamente a lo que la propaganda intenta hacer creer. El ejército tiene la estrategia de elegir a sus víctimas entre las familias que carecen de recursos económicos para investigar la desaparición de sus hijos; no obstante, varios familiares luchan por la justicia en medio del terror estatal que intenta forzarlos a abandonar las denuncias: hay familiares desplazados, algunos asesinados. La ampliación del Fuero Militar del gobierno Santos blinda la impunidad para los crímenes de Estado, haciendo aun más cruenta la indefensión de la población.

  • Guerra Sucia contra la participación política, Drones, OTAN y Modelo Económico

El Estado colombiano favorece la depredación multinacional: ejerce una Guerra Sucia prolongada que utiliza el terror militar-paramilitar, los bombardeos, las fumigaciones, para callar las reivindicaciones políticas, sociales y ecológicas. La injusticia social, doblada de la represión sistemática contra la participación política es la médula del conflicto. Colombia es el tercer país más desigual del mundo[22]. Pese a los malabarismos del gobierno Santos con las metodologías de medición de la pobreza, truco para reducirla en el papel [23], la miseria es aberrante: anualmente mueren más de 20 mil niños menores de 5 años por desnutrición[24]. Más de 30 millones de colombianos viven en la pobreza, 12 millones en la indigencia, el 50% de la población económicamente activa agoniza entre el desempleo y el subempleo; casi 6 millones de campesinos deambulan por las calles víctimas del desplazamiento forzado. De 114 millones de hectáreas que tiene Colombia 38 están asignadas a la exploración petrolera, 11 millones a la minería; de las 750.000 hectáreas de la explotación forestal, se proyecta pasar a 12 millones; la ganadería extensiva ocupa 39,2 millones; el área cultivable es de 21,5 millones de hectáreas pero solamente 4,7 millones están dedicadas a la agricultura, en decadencia, porque ya el país importa 10 millones de toneladas de alimentos al año. Más de la mitad del territorio está en función de los intereses de una economía de enclave”[25], expresó Iván Márquez, parlamentario de la Unión Patriótica empujado por la persecución política a ingresar a la insurgencia, hoy miembro de la Delegación de Paz de las FARC. De la lucha popular para cambiar las condiciones de miseria a las que se ve sometido el pueblo colombiano, nacen las insurgencias tras la imposibilidad de adelantar la reivindicación política de manera civil sin padecer exterminio por los aparatos estatales.

En los diálogos entre las FARC y el gobierno colombiano, se ha estado debatiendo la cuestión de la Tierra: La geofagia de los latifundistas acentuó la injusta estructura de la tenencia de la tierra. El coeficiente Gini en el campo alcanza el 0,89: espantosa desigualdad. Los mismos datos oficiales dan cuenta de que las fincas de más de 500 hectáreas corresponden al 0,4% de los propietarios que controlan el 61,2 % de la superficie agrícola: se trata de una acumulación por desposesión, cuya más reciente referencia habla de 8 millones de hectáreas arrebatadas a sangre y fuego a través de masacres paramilitares, fosas comunes, desapariciones y desplazamiento forzado, crímenes de lesa humanidad, todos ellos componentes del  terrorismo de estado en Colombia”[Ibíd. ]. La acumulación capitalista se desarrolla en base al despojo: Colombia es el país del mundo con más desplazados internos[26].  En el centro del debate sobre la cuestión de la Tierra se halla el Modelo Económico; se oponen dos visiones antagónicas: por un lado está la visión capitalista que agencia la monopolización y extranjerización de la tierra para su uso en agro-industria, agro-combustibles y saqueo minero energético; y por otro lado está la visión de las comunidades campesinas que busca una reforma agraria integral, el desarrollo de la soberanía alimentaria, y el respeto por los ecosistemas.

El tema de la Participación Política es el siguiente en los Diálogos. Es toda la población colombiana la que requiere un espacio para la Participación Política, no se trata solamente de debatir la “inserción de la insurgencia” como lo viene anunciando la propaganda mediática: se trata de un debate de fondo sobre la posibilidad de ejercer la reivindicación política y el pensamiento crítico sin ser asesinado, desaparecido o encarcelado. Las garantías de no exterminio ofertadas por el Estado colombiano a sus opositores, han sido burladas en más de una ocasión: basta recordar el exterminio de la Unión Patriótica (5000 asesinados)[27], entre tantos otros. El genocidio practicado de manera sistemática desde el Estado contra la oposición política tiene una articulación a las directrices de EEUU, y a los intereses del Gran Capital transnacional: la paz con justicia social tiene grandes impedimentos.
 
La guerra mediática arrecia cada día con más ‘falsos positivos mediáticos’ contra la insurgencia, montajes que no tienen otra finalidad que preparar la posible ruptura de los Diálogos de Paz que podría en cualquier momento provocar el Estado colombiano, siguiendo el mismo guión que el aplicado contra los diálogos del Caguán. Mientras en la Habana se dialoga, el gobierno Santos adquiere 50 Drones, anuncia cooperación con la OTAN, recibe al golpista Capriles, y EEUU continúa aposentándose cada día más en las bases militares cedidas [28], a pesar del fallo de la Corte Constitucional[29]. La opción de las potencias imperialistas es un mayor saqueo de los recursos planetarios, y a ese fin articulan el accionar militar. La región andino amazónica no escapa a esas intenciones coloniales, que además revitalizan al complejo militar industrial. El colosal ejército colombiano y los estadounidenses que operan desde Colombia, son también un peligro para Venezuela y la región, además de continuar profundizando el genocidio contra el pueblo colombiano. Un tricéfalo de acumulación capitalista, Terrorismo de Estado y OTAN avanza en desmedro de poblaciones y medio-ambiente. Pero en cada rincón del planeta también parece florecer la resistencia: en Colombia el recuerdo de Benedicta, y de las miles de víctimas de crímenes de Estado, forja fortaleza para luchar por la justicia social. Ante la codicia de las multinacionales y su dupla de violencia Estatal, se alza en digna contradicción la voz de las comunidades: “El territorio es de quien lo habita, rechazamos el mensaje de desalojo colectivo.”
NOTAS: En caso de no figurar las notas completas en la presente publicación, consultarlas en www.azalearobles.blogspot.com